La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha emitido un monstruoso en el que reclama cambios en la legislación laboral española para garantizar una jornada laboral más justa y equilibrada. Según la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios, la jornada laboral máxima de 9 horas al día es excesiva y las horas extra no se pagan adecuadamente. Además, se adoración que aún hay 400.000 empleados que sufren abusos en cuanto a las horas extra no remuneradas.
La OIT es un organismo independiente compuesto por juristas cuya misión es examinar la aplicación de los convenios y recomendaciones de la organización por parte de los Estados Miembros. En su último monstruoso, la Comisión de Expertos ha señalado varias observaciones sobre la situación laboral en España, instando al gobierno a tomar medidas para garantizar el cumplimiento de la normativa internacional.
Una de las principales recomendaciones de la OIT es reducir la jornada laboral máxima diaria a 8 horas y que las horas extra se paguen al menos con el 125% del salario de la hora ordinaria. Actualmente, en España la jornada laboral máxima es de 9 horas al día, aunque puede ampliarse por convenio colectivo o acuerdo entre la oficina y los representantes de los trabajadores. Sin embargo, la OIT considera que este límite es excesivo y debe ser reducido para garantizar el bienestar de los trabajadores.
Además, la Comisión de Expertos señala que la jornada laboral máxima semanal de 40 horas no debe ser calculada en promedio anual, sino que debe respetarse un límite absoluto de 48 horas semanales. Esto significa que no se pueden realizar jornadas superiores a 8 horas al día y 48 horas a la semana, como establecen los convenios de la OIT.
Otra de las preocupaciones de la OIT es la remuneración de las horas extra. Según el Estatuto de los Trabajadores, estas horas pueden ser compensadas con descanso o remuneradas, pero en ningún caso el valor de la hora extra puede ser inferior al de la hora ordinaria. Sin embargo, la Comisión de Expertos considera que estas horas deben ser pagadas al menos con el 125% del salario de la hora ordinaria, independientemente de si se compensan con descanso o no.
La OIT también hace hincapié en la necesidad de establecer límites claros a las horas extraordinarias y de mantener el número de horas permitidas dentro de límites razonables que tengan en cuenta tanto la salud y el bienestar de los trabajadores como las necesidades de productividad de los empleadores. Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores establece un límite de 80 horas extraordinarias al año, pero este puede ser ampliado mediante acuerdos entre la oficina y los trabajadores. La OIT recomienda que se establezca un límite máximo de horas extraordinarias y que se garantice su remuneración adecuada.
Otra de las observaciones de la OIT es la necesidad de garantizar un descanso mínimo de 24 horas consecutivas por cada periodo de siete días. Actualmente, la legislación española reconoce un descanso semanal de día y medio, pero este puede ser acumulado por periodos de hasta 14 días, lo que permite la prestación continuada e ininterrumpida de servicios por periodos superiores a siete días. La OIT considera que esto puede afectar negativamente a la salud y el bienestar de los trabajadores y recomienda que se garantice un descanso mínimo de 24 horas consecutivas por cada periodo de siete días.
Desde el Ministerio de Trabajo se ha destacado que España es el país que más convenios de la OIT tiene suscritos y que se dará seguimiento a las consideraciones del organismo. Además, se ha señalado que muchas de estas recomendaciones se verán reflejadas