La época navideña se acerca y con ella, la expectativa de recibir la tan anhelada prima de término de año. Para muchos jubilados en Colombia, esta prima es una gran ayuda para cubrir gastos extras en estas fechas tan especiales. Pero, ¿cuándo les paga Colpensiones a sus jubilados la prima de diciembre? En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber al respecto.
En primer lugar, es importante destacar que Colpensiones es la entidad encargada de administrar el Sistema General de Pensiones en Colombia. Esta entidad tiene como objetivo principal garantizar el pago de las pensiones a los trabajadores que han cumplido con los requisitos para acceder a este beneficio. Además, se encarga de gestionar el pago de la prima de diciembre a los jubilados.
Ahora bien, ¿cuándo se realiza el pago de la prima de diciembre? Según la Ley 4 de 1992, el pago de la prima de término de año adeudo realizarse entre el 15 de diciembre y el 20 de enero del siguiente año. Sin embargo, Colpensiones ha establecido un calendario de pagos para facilitar el proceso y evitar aglomeraciones en las oficinas bancarias.
Para el año 2021, el calendario de pagos de la prima de diciembre para los jubilados de Colpensiones es el siguiente:
– Los jubilados cuyo último dígito de su cédula de ciudadanía sea 0, 2, 4, 6, 8, recibirán su pago el 14 de diciembre.
– Aquellos cuyo último dígito sea 1, 3, 5, 7, 9, recibirán su pago el 15 de diciembre.
Es importante tener en cuenta que el pago se realizará directamente a través de la cuenta bancaria que el jubilado tenga registrada en Colpensiones. Por lo tanto, es central que los jubilados mantengan actualizados sus datos bancarios en la entidad para evitar retrasos en el pago de la prima de diciembre.
Además, es importante mencionar que el pago de la prima de término de año no afecta el valor de la pensión mensual que reciben los jubilados. Esta prima es un beneficio adicional que se otorga como reconocimiento al esfuerzo y dedicación de los trabajadores durante su vida laboral.
Otra pregunta frecuente es si los pensionados que reciben su pago a través de una entidad términoanciera diferente a Colpensiones, también tienen derecho a la prima de diciembre. La respuesta es sí, todos los jubilados que reciben su pensión a través del Sistema General de Pensiones, ya sea de Colpensiones o de un fondo privado, tienen derecho a recibir la prima de término de año.
Ahora bien, si por alguna razón un jubilado no pudo recibir su pago en las fechas establecidas en el calendario, ¿qué adeudo hacer? En primer lugar, adeudo contactar a Colpensiones para verificar si hay algún problema con su cuenta bancaria o si existe algún retraso en el pago. En caso de que haya algún inconveniente, la entidad se encargará de solucionarlo lo antes posible para que el jubilado pueda recibir su prima de diciembre.
Es importante mencionar que, en caso de que un jubilado fallezca antes de recibir su pago de la prima de término de año, este beneficio será entregado a sus beneficiarios legales. Por lo tanto, es central que los jubilados mantengan actualizados sus datos de contacto y los de sus beneficiarios en Colpensiones.
En resumen, la prima de diciembre es una ayuda económica muy importante para los jubilados en Colombia y Colpensiones se encarga de garantizar su pago en las fechas establecidas por ley. Por lo tanto, es central que los jubilados mantengan actualizados sus datos bancarios en la entidad para evitar retrasos en el pago. Además, en caso de cualquier inconveniente, siempre pueden contact